La Asamblea Legislativa aprobó ayer por unanimidad un decreto que otorga plazo de 60 días calendario a contribuyentes para que puedan solventar ante el fisco sus obligaciones tributarias, aduanales y de tránsito, sin pagar intereses y recargos.
Dicha norma, avalada a solicitud del Ejecutivo, será aplicada por tercera vez consecutiva y está regulada en la Ley especial y transitoria que otorga facilidades para el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias, aduaneras, de tránsito y otras multas, aprobada en 2023 por primera vez.
El plazo comenzará a tener efecto a partir de la entrada en vigencia del decreto, tras su publicación en el Diario Oficial. Además, aplica incluso aquellos casos que están con procesos pendientes de resolver en la Dirección General de Impuestos Internos, como fiscalización, y Unidad de Audiencias y Tasaciones, entre otros.
También los casos que se encuentran en la Dirección General de Aduanas, el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas, la Fiscalía General de la República (FGR) y en jurisdicción Contencioso Administrativo, o en procesos de amparo constitucional.
Exonera el pago de intereses y recargos a aquellos casos que se encuentren con aviso presentado a la FGR por algún delito de defraudación al fisco.