Dinamizar el proceso de cultivo, abrir oportunidades para el sector cafetalero y promover el desarrollo económico son parte de los objetivos por los que se busca reformar la Ley Especial para la Comercialización, Registro y Protección de la Propiedad del Café.
Para ello, los diputados de la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente emitieron un dictamen para modificar dicha normativa y así se facilitarán los procesos de comercialización entre los distintos sectores que intervienen en la cadena productiva del café.
De ser aprobada la serie de reformas en la próxima sesión plenaria, los plazos de exportación serán más ágiles, debido a que serán regulados. Ante esto, se modificará el artículo 31, en donde se contemplaban cinco días para la emisión de permisos de ese tipo de negocios. Hoy, pasarían a ser tan solo tres días, luego de suscrito el contrato.
Mientras que el plazo para informar al Instituto Salvadoreño del Café (ISC) el contrato de venta al exterior, tras haber sido firmado, se incrementará de tres a 10 días hábiles. También se establecerá una vigencia de 60 días hábiles para el permiso de exportación, con posibilidad de renovación.
Por otro lado, los semilleristas y viveristas de café tendrán la obligación de registrarse ante el ISC, debido a que en marzo de 2024 –fecha en la que se aprobó la ley– ambos productores agrícolas no fueron agregados a la normativa.
A los beneficiadores, pergamineros, intermediarios y exportadores se les agregaría la obligación de informar sobre “los ingresos de café de terceros para su procesamiento como contratación de servicios”.
De acuerdo a los cambios, la ley contemplará infracciones nuevas. Se catalogará como “falta grave” la realización de actividades de procesamiento de café en diferentes estados sin estar acreditado ante el ISC.
Se añade como “falta muy grave” las operaciones de compra o venta de café si se ejecutan con los registros vencidos.
