Con 57 votos, la Asamblea Legislativa autorizó al Ejecutivo gestionar hasta $344 millones a través de la emisión de Títulos Valores de Crédito, que podrá colocar tanto en el mercado nacional como internacional.
Los fondos obtenidos se utilizarán durante este o los próximos años para atender prioridades estratégicas, como cubrir las obligaciones generales del Estado y apoyar proyectos sociales, ambientales y económicos.
El rendimiento (intereses o ganancia) de los títulos valores se fijará según el mercado al momento de la emisión y puede venderse con descuento o premio, según la práctica financiera.
El valor nominal y los rendimientos estarán libres de impuestos, tasas o contribuciones; pero las ganancias de capital por su compra o venta sí pagarán impuestos según la ley.
Asimismo, los títulos serán de mediano o largo plazo y podrán pagarse en cuotas o en un solo pago al vencimiento.
El Ministerio de Hacienda podrá realizar las gestiones y operaciones financieras necesarias para obtener el financiamiento, de acuerdo con las condiciones del mercado. También podrá reorganizar o refinanciar deuda existente si las condiciones son favorables para el país.
Además, esta cartera de Estado firmará con el Banco Central de Reserva (BCR) un Contrato de Agente Financiero, ya que el BCR actuará como intermediario del Estado en estas operaciones.
Para la colocación de los Títulos Valores de Crédito —así como las fechas y montos de estos— El Ministerio de Hacienda, con apoyo del BCR, definirá el mecanismo correspondiente a la emisión, ya sea por medio de registro ante la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (SEC, Securities and Exchange Commission) o por medio de los procedimientos establecidos bajo la Regla 144A o Regulación S, de dicha Comisión.
Además, dicho ministerio presentará todos los documentos necesarios ante la SEC, incluyendo reformas, certificaciones y declaraciones requeridas para emitir los títulos.
De igual forma, podrá contratar los servicios necesarios para estas operaciones, incluyendo bancos de inversión y otros agentes financieros que ayuden a estructurar y ejecutar las emisiones.
Estos servicios estarán exentos de impuestos, incluso del IVA (Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios), aunque deberán hacer las retenciones de ley si los proveedores son nacionales.
Hacienda, además, estará autorizado para pagar todos los costos relacionados con las operaciones financieras, incluyendo los que estén ligados con las acciones ante la SEC y la Autoridad Regulatoria de la Industria Financiera (FINRA, Financial Industry Regulatory Authority), cuando dichas entidades participen en el proceso.
