La Asamblea Legislativa emitió disposiciones especiales y transitorias de apoyo al «Programa de Acceso Universal a la Energía en El Salvador» que beneficiará inicialmente a 8,700 hogares establecidos en comunidades rurales, los cuales no poseen acceso al servicio de electricidad. Mientras que en un plazo de cuatro años permitirá tener cubierto el 100 % del suministro eléctrico en todo el país.
El proyecto pretende reducir la desigualdad en el acceso a la energía eléctrica y fomentar el desarrollo económico y social de comunidades con altos índices de pobreza. Esto incluye a poblaciones indígenas y de otras áreas con menor desarrollo que en la zona urbana.
Las disposiciones estarán vigentes por seis años y otorgarán exenciones tributarias a contratistas de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) o subcontratistas relacionados con el Programa de Acceso Universal.
Estas incluyen la exoneración del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios o IVA, impuestos y aranceles por importaciones, así como de los aranceles por servicios del Centro Nacional de Registros (CNR).
Además, los ingresos que obtengan contratistas y subcontratistas por actividades relacionadas al programa no pagarán Impuesto sobre la Renta (ISR) hasta que se entreguen las obras, bienes o servicios.
La diputada Dania González, de Nuevas Ideas, señaló que con el programa se busca transformar el acceso universal de energía en un catalizador de crecimiento económico. “Estas no son únicamente simples medidas fiscales, son instrumentos modernos, de desarrollo, de competitividad, de equidad social, que el Gobierno está solicitando a esta Asamblea Legislativa y que como diputados, que conocemos esas necesidades en el territorio, estamos en la plena disposición de apoyar”, sostuvo González.
El programa será ejecutado por la CEL y será financiado con un préstamo obtenido con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el cual incluye la planificación, diseño, construcción de redes de distribución y sistemas de generación eléctrica, así como la adquisición de equipos.
Para recibir las exenciones, los beneficiarios deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), adjuntando documentos que comprueben su relación con el programa. La DGII deberá resolver en un máximo de 10 días hábiles.
Los contratistas y subcontratistas deberán llevar registros especiales de compras y ventas vinculadas al programa y presentarlos cuando se requiera, además de cumplir con las declaraciones tributarias y aduaneras correspondientes.
Asimismo, los propietarios que vendan voluntariamente sus terrenos a la CEL para el programa estarán exentos de pagar Impuesto sobre la Renta por ganancia de capital y no tendrán que presentar el formulario respectivo.
Las empresas distribuidoras de energía deberán facilitar gestiones, trámites y servicios, así como realizar los ajustes necesarios a sus redes de distribución para garantizar la conexión de los proyectos de extensión del programa, conforme a los lineamientos de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM) Exención de impuestos a contratos multicliente y licencia de datos de CEL
En la sesión plenaria, con 57 votos, los parlamentarios también aprobaron las disposiciones especiales de carácter tributario para los contratos multicliente entre la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) y las personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, nacionales o extranjeras, y para los contratos de licencia de datos entre el titular de un contrato multicliente y los adquirentes de los datos.
El contrato multicliente se refiere a los que la autónoma establece con una o varias empresas y estas realizan estudios geocientíficos y geofísicos para buscar hidrocarburos (petróleo y gas) en el país, asumiendo su propio costo y riesgo.
El objetivo de esta normativa es crear un marco tributario especial que otorgue certeza jurídica y respaldo fiscal a este tipo de contratos y de licencia de datos, promoviendo inversiones, modernizando el subsector de hidrocarburos y fomentando una gestión eficiente de los recursos naturales y la actividad científica y comercial en el país.
Las disposiciones establecen exoneraciones tributarias para los contratos multicliente y de licencia de datos, incluyendo impuestos sobre la renta, IVA, gravámenes a la importación, tasas y contribuciones municipales, así como cualquier otro tributo aplicable a las operaciones vinculadas a los contratos. Asimismo, los ingresos generados por estas actividades se consideran rentas no gravadas.
Estas exenciones serán exclusivas para los titulares de los contratos y los adquirentes de los datos, sin extenderse a subcontratistas ni terceros. Tampoco se incluirá a la CEL en estas exoneraciones.
En cuanto al control, los beneficiarios deberán llevar registros especiales de compras y ventas, vinculados a los contratos, y presentar declaraciones tributarias y aduaneras. Asimismo, se faculta al Ministerio de Hacienda para emitir resoluciones, circulares o instructivos que garanticen la correcta aplicación de estas disposiciones.
Disposiciones especiales permitirán brindar suministro eléctrico al 100 % en El Salvador
El proyecto pretende reducir la desigualdad en el acceso a la energía eléctrica y fomentar el desarrollo económico y social de comunidades con altos índices de pobreza.

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